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Guía legal

Cómo facturar sin IVA siendo autónomo: casos prácticos y cláusulas

Cuándo un autónomo puede emitir facturas sin IVA, operaciones intracomunitarias, inversión del sujeto pasivo y cómo reflejarlo en el contrato de servicios.

15 de julio de 2025 · 6 min de lectura

¿Cuándo puede un autónomo facturar sin IVA?

Facturar sin IVA no es una opción que elige el autónomo, sino una consecuencia de la normativa fiscal aplicable a la operación concreta. Hay varias situaciones en las que una factura de autónomo no lleva IVA: actividades exentas por ley, operaciones intracomunitarias de servicios con inversión del sujeto pasivo, servicios prestados fuera del territorio de aplicación del IVA español, y en algunos casos específicos de exportación. Conocer cuál aplica a tu caso es fundamental para no cometer errores que pueden derivar en sanciones o inspecciones.

Actividades profesionales exentas de IVA

Algunas profesiones y actividades están exentas del IVA por el artículo 20 de la Ley del IVA. Las más relevantes para autónomos son: servicios médicos y sanitarios (médicos, dentistas, psicólogos con ejercicio clínico), servicios de enseñanza reglada y titulada, servicios sociales, determinados servicios culturales y deportivos sin ánimo de lucro, y servicios financieros y de seguros. Si tu actividad está exenta, no repercutes IVA en tus facturas y tampoco puedes deducirte el IVA de tus gastos relacionados con esa actividad.

Operaciones intracomunitarias: la inversión del sujeto pasivo

Cuando prestas servicios a un empresario de otro estado miembro de la UE (por ejemplo, a una empresa alemana o francesa), la operación se localiza en el país del destinatario y se aplica la inversión del sujeto pasivo: la empresa receptora declara e ingresa el IVA en su país. Tú emites la factura sin IVA español, pero debes indicar en la factura "Inversión del sujeto pasivo - art. 69.Uno.1º LIVA" o similar, el NIF-IVA de ambas partes y presentar el modelo 349 (declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias). El cliente comunitario también debe estar dado de alta en el censo VIES.

Cómo reflejar la exención o inversión en el contrato

El contrato de servicios debe indicar claramente el tratamiento fiscal aplicable para evitar malentendidos al emitir la factura. Si la operación está exenta, incluye una mención como: "Los honorarios pactados están exentos de IVA en virtud del artículo 20.Uno.X de la Ley 37/1992 del IVA". Si es inversión del sujeto pasivo, indica: "La operación está sujeta al mecanismo de inversión del sujeto pasivo conforme al artículo 69.Uno.1º de la LIVA". Esto permite que el cliente también sepa qué esperar de la factura y cómo registrarla en su contabilidad.

Retención de IRPF: obligatoria aunque no haya IVA

Que una factura no lleve IVA no significa que tampoco lleve retención de IRPF. Si el destinatario es un empresario o profesional español, la factura puede llevar retención de IRPF aunque no lleve IVA (es el caso de autónomos con actividades exentas como médicos o profesores). Comprueba siempre la situación de retención de forma independiente a la del IVA, ya que son figuras tributarias distintas con reglas propias.

Cláusula de revisión fiscal en el contrato

La normativa fiscal puede cambiar durante la vigencia de un contrato de larga duración. Para evitar tener que renegociar el contrato completo, incluye una cláusula que establezca que el tratamiento del IVA y la retención de IRPF se aplicarán según la normativa vigente en cada momento de devengo de la operación. Esto protege a ambas partes si cambia la regulación o si Hacienda modifica el criterio sobre una exención concreta.

Documentación y justificación ante Hacienda

Si emites facturas sin IVA basándote en una exención o en la inversión del sujeto pasivo, guarda la documentación que justifica ese tratamiento: número de IVA del cliente comunitario verificado en VIES, el contrato de servicios que define la naturaleza de la actividad, y las facturas. En caso de inspección, Hacienda puede requerir esta documentación para verificar que la exención o la inversión del sujeto pasivo eran aplicables. Una factura sin IVA sin justificación suficiente puede convertirse en una factura con IVA no repercutido, con las consiguientes sanciones.