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Guía legal

Contrato de compraventa de vehículo entre particulares: guía completa 2025

Todo lo que necesitas saber para comprar o vender un coche de segunda mano entre particulares en España: ITV, transferencia, impuestos y qué debe incluir el contrato.

10 de julio de 2025 · 7 min de lectura

¿Por qué es imprescindible el contrato de compraventa de vehículo?

Cuando vendes o compras un coche de segunda mano entre particulares, el contrato de compraventa es el documento que acredita el cambio de propietario, el precio acordado y las condiciones de la venta. Sin él, el vendedor podría seguir siendo considerado propietario a efectos de multas, impuestos o responsabilidades civiles aunque ya no tenga el coche. Y el comprador no tendría forma de reclamar si el vehículo presentaba defectos ocultos que el vendedor conocía.

Qué debe incluir el contrato

Un contrato de compraventa de vehículo entre particulares debe contener: datos completos del vendedor y comprador (nombre, DNI, domicilio); identificación del vehículo (marca, modelo, año de fabricación, matrícula, número de bastidor o VIN, y color); precio de venta en euros y forma de pago; fecha de entrega del vehículo y de las llaves; declaración del estado del vehículo (kilómetros, averías conocidas, historial de mantenimiento); situación de la ITV (vigente o caducada); y si se incluyen accesorios (segunda llave, documentación original, alfombrillas, etc.).

Estado del vehículo y responsabilidad por vicios ocultos

El Código Civil (art. 1484 y ss.) obliga al vendedor a responder de los vicios ocultos que hagan el bien vendido inservible o que disminuyan su valor de tal modo que el comprador no lo hubiera adquirido de haberlos conocido. En la práctica, el vendedor particular puede limitar su responsabilidad incluyendo una cláusula de "venta en el estado en que se encuentra" y detallando los defectos conocidos en el propio contrato. Ocultar deliberadamente un defecto grave sigue siendo causa de resolución del contrato e indemnización de daños.

ITV: comprueba que está en vigor

La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es obligatoria para circular. Si el vehículo tiene la ITV caducada, el comprador no podrá conducirlo legalmente hasta obtener una nueva inspección favorable. El contrato debe reflejar la fecha de la última ITV y si está en vigor. Como comprador, solicita ver la ficha técnica del vehículo y el informe de la última ITV antes de cerrar la operación.

La transferencia ante la DGT: quién debe gestionarla

La transferencia del vehículo ante la Dirección General de Tráfico (DGT) debe realizarse dentro de los 30 días siguientes a la venta. Aunque la obligación recae sobre el comprador, en la práctica lo habitual es gestionarla ambas partes juntas o mediante una gestoría. Los documentos necesarios son: contrato de compraventa, DNIs de ambas partes, ficha técnica del vehículo (permiso de circulación), justificante del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y, en algunos casos, certificado de empadronamiento.

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)

La compraventa de un vehículo de segunda mano entre particulares está sujeta al ITP, que varía entre el 4 % y el 8 % según la comunidad autónoma. La base imponible es el precio de venta acordado en el contrato, aunque Hacienda puede comprobar que no es inferior al valor de mercado del vehículo según las tablas de valoración que publica anualmente la Agencia Tributaria. El pago del ITP (modelo 620 o equivalente autonómico) es requisito previo para tramitar la transferencia en la DGT.

Cargas y deudas pendientes del vehículo

Antes de comprar, verifica que el vehículo no tiene cargas pendientes: préstamo con reserva de dominio (la entidad financiera podría reclamar el coche), embargo judicial o multas impagadas de tráfico. Puedes solicitarlo a través del Registro de Bienes Muebles y de la DGT con el número de bastidor. Un vehículo con reserva de dominio no puede venderse sin consentimiento del banco acreedor, y si se vende con ese gravamen oculto, el comprador puede sufrir consecuencias graves.

Cómo hacer la entrega del dinero de forma segura

Lo más recomendable es realizar el pago mediante transferencia bancaria en el momento de la entrega del vehículo y las llaves, con el concepto "Compraventa vehículo matrícula XXXX según contrato de fecha X". El pago en efectivo es posible pero menos recomendable para importes elevados. Nunca entregues el dinero antes de tener el vehículo, las llaves y el contrato firmado. Si el vendedor exige señal, que conste en el contrato como parte del precio y con las condiciones de devolución si la venta no se formaliza.